Quien desee manipular sustancias explosivas en el ámbito no industrial, es decir, en el ámbito privado, necesita una autorización conforme a la Ley de explosivos.
Las actividades relacionadas con sustancias explosivas entrañan un gran potencial de peligro. El objetivo de la Ley de Explosivos es proteger a las personas y los bienes de estos peligros.
Para evitar accidentes y usos indebidos, la legislación sobre explosivos establece requisitos estrictos en cuanto a la idoneidad, fiabilidad y competencia de las personas que desean manipular sustancias explosivas.
Si usted, como particular, desea manipular las siguientes sustancias explosivas,
- pólvora negra para armas de avancarga,
- pólvora para salvas,
- pólvora de nitrocelulosa para recargar cartuchos,
- motores de cohetes en la construcción de cohetes modelo de la categoría P2 y
- fuegos artificiales de las categorías F3 y F4,
- fuegos artificiales según el artículo 20, apartado 4, del primer reglamento de la Ley de explosivos de la categoría F2
entonces necesita un permiso según el artículo 27 de la Ley de Explosivos (también conocido coloquialmente como permiso de pólvora, permiso de petardos o permiso de fuegos artificiales).
El permiso oficial garantiza que solo las personas que cumplan los requisitos para un manejo seguro tengan acceso a sustancias explosivas.
En Renania-Palatinado, la administración local es responsable de la prestación de este servicio.