Puede reunirse con su hijo menor de edad, soltero y de nacionalidad alemana si procede de un país fuera de la UE o del EEE, tiene la custodia del niño alemán y tiene la intención de ejercerla.
La custodia incluye el derecho y, al mismo tiempo, la obligación de cuidar, educar y supervisar al hijo, así como de determinar su lugar de residencia. Se considera menor de edad a todo hijo que no haya cumplido los 18 años. Se considera soltero a todo aquel que no esté casado y tampoco lo haya estado anteriormente; tampoco se considera soltero a quien viva en una unión civil registrada.
Si se cumplen estos requisitos, se le concederá el permiso de residencia.
También puede reunirse con su hijo si no tiene la custodia. El requisito es que ya conviva con su hijo en Alemania. Se considera que existe convivencia familiar cuando los familiares mantienen un contacto regular que va más allá de las simples visitas. Si se cumplen los requisitos, la autoridad decide a su discreción sobre la concesión del permiso de residencia.
En determinadas circunstancias, la oficina de extranjería puede obligarle a participar en un curso de integración. Esto se anotará en su permiso de residencia.
El permiso de residencia es un título de residencia temporal y se concede por un período mínimo de un año.
- Poseen un pasaporte o documento sustitutivo válido y reconocido y, si es necesario para la entrada en el país, un visado adecuado.
- Su hijo es menor de edad, soltero y tiene la nacionalidad alemana.
- Usted tiene la custodia de su hijo y desea ejercerla o, como progenitor sin la custodia, ya convive con el niño en Alemania.
- No existe ningún interés en su expulsión.
Su estancia no pone en peligro ni perjudica los intereses de la República Federal de Alemania.
El procedimiento es el siguiente:
- Dependiendo de la oficina de extranjería y del asunto, es posible que se pueda presentar la solicitud por Internet. Averigüe si su oficina de extranjería ofrece la posibilidad de solicitar el permiso de residencia por vía electrónica.
- Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita con la oficina de extranjería. Durante la cita se aceptará su solicitud y se comprobarán sus documentos acreditativos (tráigalos a la cita). Para la expedición de un permiso de residencia electrónico (eAT) se le tomarán las huellas dactilares.
- En caso de que la solicitud se presente por vía electrónica, la oficina de extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud en línea para concertar una cita en la oficina de extranjería, si fuera necesario. Durante la cita se comprobarán sus documentos acreditativos (tráigalos a la cita) y se le tomarán las huellas dactilares para la expedición del eAT.
- Si se acepta su solicitud, la Oficina de Extranjería se encargará de la expedición del eAT.
- Al cabo de unas seis u ocho semanas, podrá recoger el eAT en la Oficina de Extranjería.
La tarjeta eAT debe recogerse personalmente.
Artículo 28, apartado 1, frase 1, número 3, y frase 4, de la Ley de residencia.
Se puede presentar un recurso contra una decisión de la Oficina de Extranjería en el plazo de un mes tras la notificación de la resolución ante la autoridad indicada en la misma. El recurso puede presentarse por escrito, en formato electrónico y para su registro.
Si la Oficina de Extranjería no acepta la apelación, se puede presentar una demanda ante el tribunal indicado en la notificación de la decisión sobre la apelación.
entre seis y ocho semanas.
La oficina de extranjería competente para el lugar de residencia del solicitante.