Como padre o madre de un menor extranjero, puede obtener un permiso de residencia si procede de un país fuera de la UE o del EEE y su hijo tiene la nacionalidad de un país fuera de la UE y del EEE.
Además, debe querer establecer o continuar una convivencia familiar con el niño en Alemania (por lo general, se considera que existe convivencia familiar cuando se vive con el niño en una vivienda común).
Además, el hijo que vive en Alemania debe
- un permiso de residencia como refugiado reasentado, solicitante de asilo reconocido o refugiado, o
- un permiso de establecimiento por razones humanitarias, políticas o de derecho internacional
y su presencia en Alemania debe ser necesaria porque no hay ningún otro progenitor con la patria potestad que resida en Alemania.
El permiso de residencia para la reagrupación familiar de los padres con un hijo menor de edad es un título de residencia temporal. Se concede por el período de validez del título de residencia del hijo menor de edad en Alemania. Si el título de residencia de su hijo menor de edad que vive en Alemania tiene una validez inferior a un año, su permiso de residencia también se concederá por este período más corto.
En determinadas circunstancias, la Oficina de Extranjería puede obligarle a participar en un curso de integración. Esto se indicará en su permiso de residencia.
El procedimiento es el siguiente:
- Dependiendo de la oficina de extranjería y del asunto, es posible que se pueda presentar la solicitud por Internet. Averigüe si su oficina de extranjería ofrece la posibilidad de solicitar el permiso de residencia por vía electrónica.
- Si la solicitud solo puede presentarse en persona, concierte una cita con la oficina de extranjería. Durante la cita, se aceptará su solicitud y se comprobarán sus documentos acreditativos (tráigalos a la cita). Para la expedición de un permiso de residencia electrónico (eAT), se le tomarán las huellas dactilares.
- En caso de que la solicitud se presente por vía electrónica, la oficina de extranjería se pondrá en contacto con usted tras recibir su solicitud en línea para concertar una cita en la oficina de extranjería, si fuera necesario. Durante la cita se comprobarán sus documentos acreditativos (tráigalos consigo a la cita) y se le tomarán las huellas dactilares para la expedición del eAT.
- Si se acepta su solicitud, la Oficina de Extranjería se encargará de la expedición del eAT.
- Al cabo de unas seis u ocho semanas, podrá recoger el eAT en la Oficina de Extranjería.
- La tarjeta eAT debe recogerse personalmente.
- La concesión del permiso de residencia conlleva el pago de tasas. La fecha y la forma de pago varían según la oficina.
Artículo 36, apartado 1, de la Ley de residencia
Se puede presentar un recurso contra una decisión de la Oficina de Extranjería en el plazo de un mes tras la notificación de la resolución ante la autoridad indicada en la misma. El recurso puede presentarse por escrito, en formato electrónico y para su registro.
Si la Oficina de Extranjería no acepta la apelación, se puede presentar una demanda ante el tribunal indicado en la notificación de la decisión sobre la apelación.
entre seis y ocho semanas.
La oficina de extranjería competente para el lugar de residencia del solicitante.