Los jurados populares son personas que han sido elegidas para ejercer como jueces honorarios. Intervienen en los procesos penales ante los tribunales locales y regionales.
Para la elección de los jurados, el municipio elabora una lista de candidatos en la que se tiene debidamente en cuenta a todos los grupos de la población en función de su sexo, edad, profesión y posición social. Esta lista de candidatos es debatida y aprobada por el consejo municipal o local. Los ciudadanos interesados también pueden inscribirse en su ciudad o municipio para ser incluidos en la lista de candidatos. La elección propiamente dicha de los jurados la lleva a cabo la comisión electoral de jurados por un período de cinco años. Es posible la reelección para un nuevo mandato.
En los juzgados de primera instancia, los jurados participan en los denominados tribunales de jurados. Estos son competentes para los delitos de gravedad media con una pena prevista de hasta cuatro años y están compuestos por un juez profesional y dos jurados. Los casos de delitos graves se juzgan en las salas penales de los tribunales regionales. Estas están compuestas por dos o tres jueces profesionales y dos jurados.
En el ejercicio de sus funciones, los jurados son independientes y solo están sujetos a la ley. Al igual que los jueces profesionales, están obligados a actuar con objetividad e imparcialidad. Como representantes del pueblo, deben contribuir, mediante el ejercicio de su cargo honorífico, a mantener la confianza de la población en la justicia. También es muy importante que los jurados aporten su experiencia vital y sus conocimientos técnicos al desarrollo de un juicio.
Los jurados ejercen la función de jueces honorarios de la misma manera que los jueces profesionales. Deciden conjuntamente tanto sobre la culpabilidad como sobre la pena. En las deliberaciones y votaciones, los jurados tienen el mismo derecho de voto que los jueces profesionales y deben decidir con imparcialidad según la impresión que hayan obtenido durante el juicio. Por esta razón, a diferencia de los jueces profesionales, no tienen conocimiento del contenido de los expedientes del procedimiento en cuestión.
Por regla general, los jurados deben asistir a doce sesiones al año. De conformidad con la Ley de remuneración e indemnización judicial (JVEG), se les reembolsan los gastos de desplazamiento y la pérdida de ingresos. Además, reciben una dieta por su labor honorífica.
No necesitamos más candidaturas para el mandato 2024-2028.