Sentencia de divorcio extranjera, solicitar el reconocimiento
Si su matrimonio se divorció fuera de Alemania, puede solicitar el reconocimiento formal de esta decisión en Alemania.
¿Qué necesito saber?
Descripción del servicio
Según los principios generales del Derecho constitucional y internacional, las sentencias y los actos estatales similares solo tienen, en principio, efectos jurídicos directos en el territorio del Estado en el que se han dictado. Cada Estado es libre de decidir si reconoce los actos soberanos extranjeros y, en su caso, en qué condiciones, siempre que no esté vinculado por tratados internacionales.
Requerirán reconocimiento las resoluciones extranjeras por las que se declare nulo un matrimonio, se anule, se disuelva el vínculo matrimonial o se mantenga dicho vínculo, o por las que se declare la existencia o inexistencia de un matrimonio entre las partes. Por lo tanto, esto afecta en particular a las sentencias de divorcio extranjeras, pero también a las resoluciones comparables de las autoridades administrativas (por ejemplo, rusas) o a los llamados divorcios privados ante tribunales religiosos, como los tribunales árabes de la sharia o los tribunales rabínicos en Israel, así como a las declaraciones de divorcio ante un registro civil tailandés.
No es necesario un procedimiento de reconocimiento formal si en la resolución extranjera ha participado una autoridad del Estado al que ambos cónyuges pertenecían exclusivamente (es decir, sin doble nacionalidad) en el momento de la resolución (la denominada resolución del Estado de origen).
No se llevará a cabo un procedimiento formal de reconocimiento para las resoluciones en materia matrimonial de los Estados miembros de la Unión Europea, excepto Dinamarca, si el procedimiento se inició después del 1 de marzo de 2001 o después de la adhesión posterior del Estado miembro.
La decisión solo se toma previa solicitud. Además de los cónyuges afectados, cualquier persona que demuestre un interés legal en la aclaración de la cuestión del estatus (por ejemplo, prometidos, futuros cónyuges o herederos) tiene derecho a presentar una solicitud. Las instituciones de seguro de pensiones también tienen derecho a presentar una solicitud. El reconocimiento se produce previa solicitud. Solo cuando esta haya sido aceptada mediante resolución, la resolución extranjera surtirá efecto también en el ámbito jurídico alemán.
La declaración de reconocimiento o de no reconocimiento por parte de la administración judicial del estado federado es vinculante para todos los tribunales y autoridades de Alemania, § 107, apartado 9, FamFG. Con el reconocimiento del divorcio extranjero, el matrimonio se considera disuelto también en el ámbito jurídico alemán con carácter retroactivo a la fecha del divorcio extranjero. La resolución según el artículo 107 de la FamFG se refiere exclusivamente a la declaración del divorcio (cambio de estado de «casado» a «divorciado»). No se ven afectadas las posibles disposiciones de la resolución extranjera sobre las consecuencias del divorcio (por ejemplo, disposiciones sobre la pensión alimenticia, la custodia y la compensación por pensión).
Tenga en cuenta lo siguiente:
Si necesita la homologación en relación con la inscripción de un matrimonio, debe inscribir el matrimonio a tiempo.
Si necesita el reconocimiento para un certificado de nacimiento o de defunción, pueden producirse retrasos en la certificación.
Para presentar la solicitud ante el Tribunal Superior Regional de Coblenza es necesario tener domicilio en Maguncia o en Renania-Palatinado.
Procedimiento
Tras comprobar los requisitos generales y la documentación presentada, se concederá al excónyuge del solicitante el derecho a ser oído.
- Para ello se fijará un plazo de audiencia.
- Para poder llevar a cabo la audiencia requerida, se necesita siempre la dirección actual y válida para notificaciones del excónyuge. Válida para notificaciones significa que se debe indicar la dirección completa (apellido actual, nombre de la calle, número de la casa y, en su caso, número del piso, código postal, etc.).
- Si la parte que debe ser oída tiene su domicilio en el extranjero, la dirección debe indicarse al menos en el idioma postal internacional (francés) y, en su caso, también en la escritura y el idioma del país de recepción.
- La vulneración del derecho a ser oído puede dar lugar a la anulación de la resolución.
- El solicitante deberá hacer todo lo posible por averiguar la dirección. Si, a pesar de ello, no fuera posible averiguarla, deberá demostrar la imposibilidad de proporcionarla.
¿Qué más debería saber?
La solicitud se resolverá mediante un procedimiento escrito. Aunque las solicitudes y la documentación se presenten durante el horario de apertura, no se examinarán de inmediato. Por regla general, los procedimientos se tramitarán por orden de recepción. Se ruega abstenerse de realizar consultas telefónicas sobre el estado de la tramitación, a fin de garantizar una tramitación rápida y continua de todas las solicitudes recibidas.
Base jurídica
- § Artículo 107 de la Ley de procedimiento en materia de familia y de jurisdicción voluntaria (FamFG). (Se abre en una nueva pestaña)
- § Artículo 4 Ley de Costas de la Administración Judicial (JVKostG) (Se abre en una nueva pestaña)
- Ley de Costas en Asuntos de la Administración Judicial (Ley de Costas de la Administración Judicial - JVKostG), Baremo de Costas - Anexo (a la Sección 4 (1)) Baremo de Costas, No. 1331 (Se abre en una nueva pestaña)
Apelación
Solicitud de resolución judicial ante la sala civil del tribunal regional superior competente.
Duración del proceso
El plazo de tramitación es de entre uno y cuatro meses, como mínimo, siempre que se disponga de toda la documentación necesaria, dependiendo del caso concreto y del plazo de tramitación de la administración judicial regional competente. Se concederá al excónyuge del solicitante el derecho a ser oído en el procedimiento de reconocimiento, para lo cual se fijará un plazo de audiencia. Las cartas de respuesta o las respuestas de las personas que deben ser oídas pueden provocar un retraso en el procedimiento.
Cuerpo competente
La autoridad competente es la administración judicial del estado federado en el que uno de los cónyuges tiene su residencia habitual. Si ninguno de los cónyuges tiene su residencia habitual en Alemania, la autoridad competente es la administración judicial del estado federado en el que se va a celebrar el nuevo matrimonio o constituir la nueva unión civil; la administración judicial del estado federado puede exigir la presentación de una prueba de que se ha inscrito el matrimonio o la unión civil.
Si no existe otra competencia, la administración judicial del estado federado de Berlín (Administración del Senado para la Justicia, la Diversidad y la Antidiscriminación en Berlín) será la competente.
La solicitud puede presentarse mediante el formulario previsto a tal efecto, junto con la documentación, a través de una oficina del registro civil alemana, por ejemplo, en relación con la expedición de un certificado de capacidad matrimonial o con la celebración prevista del matrimonio o la constitución de una unión civil, a través de una representación diplomática alemana en el extranjero o directamente ante la autoridad competente para el reconocimiento.
¿Qué tengo que llevar o presentar?
Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado (disponible en la página web de la administración judicial competente o en la oficina del registro civil), se deben presentar los siguientes documentos originales (en casos concretos pueden ser necesarios otros documentos):
- Certificado de matrimonio o extracto del libro de familia o extracto del registro de matrimonios del matrimonio disuelto como prueba del matrimonio.
- Copia completa o copia certificada por el tribunal del Estado de decisión de la resolución extranjera con los hechos y los motivos. Si se trata de un divorcio administrativo, se deberá presentar una sentencia de divorcio o un extracto del registro de divorcios.
- Prueba de la firmeza de la resolución extranjera (ya sea mediante la mención de firmeza en la sentencia, mediante un documento separado o mediante inscripción en el registro civil).
- Prueba de la inscripción en el registro en los países en los que sea necesaria para la eficacia de la resolución.
- Traducciones de todos los documentos en lengua extranjera realizadas por un traductor reconocido en Alemania.
- Certificado de los ingresos/ganancias del solicitante.
- Poder escrito, si la solicitud es presentada por un representante autorizado.
- Copia del pasaporte válido del solicitante.
Los documentos le serán devueltos una vez concluido el procedimiento.
Los originales de los documentos deben estar legalizados por la representación diplomática alemana competente en el extranjero o apostillados por la autoridad competente del país de origen.
En caso de legalización , la embajada alemana en el país del divorcio confirma que
- las firmas que figuran en el documento son auténticas y
- el firmante estaba autorizado para expedir documentos públicos.
Para simplificar la legalización, varios Estados han firmado el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 relativo a la exención de la legalización de los documentos públicos extranjeros. En su lugar, entre los Estados contratantes, según el art. 3, apartado 1, del Convenio, se utiliza la apostilla . Esta es expedida por la autoridad competente del Estado que ha expedido el documento. Según el art. 5, apartado 2, del Convenio, la apostilla certifica una presunción refutable de la autenticidad del documento.
Se aplican directrices especiales a los documentos procedentes de países cuyo sistema de documentación, según la evaluación del Ministerio Federal de Asuntos Exteriores, presenta deficiencias tan graves que ya no se justifica la legalización. Por regla general, la autenticidad y la veracidad del contenido de estos documentos se comprueban mediante la asistencia administrativa de la representación diplomática alemana en el extranjero. Los gastos que ello conlleve correrán a cargo del solicitante.
¿Cuánto cuesta y cómo puedo pagar?
Fees
- Para determinar si se cumplen los requisitos para el reconocimiento de una resolución extranjera: entre 15,00 y 305,00 euros.
- A la hora de calcular la tasa se tendrán en cuenta, en particular, la importancia del asunto para las partes, el alcance y la dificultad del acto administrativo, así como los ingresos y el patrimonio del solicitante.
- En caso de denegación o retirada de la solicitud: la mitad de la tasa por la decisión de reconocimiento, con un mínimo de 15,00 EUR.
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