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31. marzo 2026

Contenedor amarillo en Maguncia: ¿introducción a partir de 2027?

El Ayuntamiento de Maguncia ha decidido sustituir de forma generalizada la bolsa amarilla por el contenedor amarillo. El objetivo es mejorar el paisaje urbano y recoger los residuos de envases de forma más sostenible, ya que el contenedor eliminará las bolsas de plástico. El cambio podría tener lugar el 1 de enero de 2027.

El Ayuntamiento de Maguncia decidió en 2025, en el marco del nuevo plan de gestión de residuos, que se introdujera un contenedor amarillo en la capital del estado federado. Los sistemas duales, que según la Ley de Envases (VerpackG) son responsables de la gestión de los residuos de envases, desean seguir con la recogida de bolsas amarillas y, en caso de que se cambie al contenedor amarillo, no ofrecer un servicio completo. En el servicio completo, la empresa de gestión de residuos recoge el contenedor de residuos de su ubicación en la propiedad y, tras vaciarlo, lo devuelve al mismo lugar. Sin embargo, la VerpackG no prevé este servicio adicional. 

Dado que el actual periodo de contrato con los sistemas duales finaliza el 31 de diciembre de 2026, la empresa de gestión municipal de residuos de Maguncia y Maguncia-Bingen (KAW), en su calidad de entidad de gestión de residuos de derecho público competente, mantuvo en el último trimestre de 2025, por encargo de la capital del estado federado, las conversaciones pertinentes con el actual negociador. Sin embargo, dado que no se pudo llegar a un acuerdo con este respecto al tipo de contenedores de recogida, la KAW dictó una directriz marco que se ha remitido a todos los Sistemas Duales. Esta directriz marco prevé el cambio de la recogida en bolsas (bolsa amarilla) a la recogida en contenedores (contenedor amarillo) en el servicio parcial a partir del 1 de enero de 2027. 

Los sistemas duales han presentado actualmente un recurso contra esta directriz marco. Sin embargo, dado que la directriz marco se ha promulgado para su aplicación inmediata, el contenedor amarillo podría introducirse en Maguncia a partir del 1 de enero de 2027.

La concejala de Medio Ambiente, Janina Steinkrüger, está firmemente convencida de que «la introducción del contenedor amarillo en Maguncia contribuye, por un lado, a mejorar la limpieza y el aspecto de la ciudad y, por otro, aumenta la sostenibilidad en la recogida de residuos de envases al eliminar las bolsas de plástico. Por eso, la aplicación de la resolución del Ayuntamiento de Maguncia tiene una prioridad muy alta».

A modo de recordatorio: la ciudad de Maguncia ya abordó hace tres años la introducción del contenedor amarillo con servicio completo. Sin embargo, debido a la imposibilidad de implementar el servicio completo, los sistemas duales pudieron defenderse con éxito ante los tribunales contra este proyecto. 

El motivo real de la oposición es el rechazo por parte de los sistemas duales de la frecuencia de recogida quincenal. Estos solo estarían dispuestos a aceptar el cambio al contenedor amarillo si la frecuencia de recogida se ampliara de dos a tres semanas. En principio, los sistemas duales consideran que la recogida mediante bolsas amarillas es la más eficaz. 

Antecedentes: Organización y financiación de la eliminación de residuos de envases usados

La financiación de la recogida de los denominados «envases ligeros» (LVP) —es decir, envases de venta usados y completamente vacíos de plástico y metal (por ejemplo, aluminio y hojalata)— no tiene nada que ver con las tasas de residuos que cobra la ciudad de Maguncia.

De conformidad con la Ley de Envases (VerpackG), los consumidores tienen la obligación, cada vez que compran productos envasados, de entregar los envases usados al sistema de gestión de residuos correspondiente de los Sistemas Duales, ya que los fabricantes han encargado a los Sistemas Duales —de los que actualmente hay diez— la recogida y el reciclaje de los envases usados. Por lo tanto, las denominadas tasas de licencia para el posterior reciclaje ya están incluidas en el precio de venta del producto. Estas, a su vez, no se destinan al municipio, sino a los sistemas duales. 

Es cierto que los municipios tienen voz y voto en este proceso, ya que, según el artículo 22 de la Ley de Envases (VerpackG), debe tener lugar una coordinación entre estos y los sistemas duales. En este contexto, se establece, en principio, el tipo de recogida (sistema de recogida a domicilio o de entrega), el tipo de contenedores de recogida (bolsa o contenedor) y la frecuencia de recogida. Sobre esta base, el denominado «negociador» de los sistemas duales adjudica el servicio de recogida a un tercero para el municipio en cuestión; por regla general, por un periodo de tres años. 

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